Derecho y Regulación

TSJ Navarra confirma despido por revelar datos de un ciudadano en una app de citas

El caso es doctrinalmente útil porque ilustra que la obligación de secreto sobre datos personales tratados en el ejercicio de las funciones laborales no se circunscribe al entorno profesional: se extiende a cualquier comunicación, incluyendo plataformas de uso privado. El TSJN considera que el trabajador incurrió en una vulneración grave del deber de confidencialidad, suficiente para justificar el despido sin indemnización. Para los departamentos de recursos humanos y compliance, la resolución refuerza la necesidad de que los protocolos de uso de datos incluyan formación explícita sobre comunicaciones informales. El canal por el que se produce la filtración, Tinder, WhatsApp o cualquier otro, es irrelevante a efectos de la responsabilidad: lo determinante es el origen laboral del dato.

Tu acción

Revisa si los protocolos de uso de datos de tus clientes incluyen explícitamente la prohibición de compartir datos laborales en canales de comunicación personal o plataformas de terceros.

Este es uno de los cinco hallazgos de Derecho y Regulación de esta semana en Rebrio.

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