Derecho y Regulación

AEPD multa por grabar audio en videovigilancia laboral sin justificación suficiente

La resolución establece que la captación de audio en el entorno laboral requiere una justificación reforzada de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, criterio que la AEPD sustenta en la SAN 4102/2025 de 29 de septiembre. El mero aviso mediante carteles informativos de la existencia de grabación de sonido no legitima per se el tratamiento si la finalidad declarada era la seguridad frente a robos y el uso real fue el control disciplinario. La Agencia traza una distinción operativa: las cámaras que captan imagen pueden admitirse en supuestos de riesgo relevante para la seguridad, pero la grabación de conversaciones exige un umbral de justificación superior. Esta resolución actualiza el marco de cumplimiento para empresas con sistemas de videovigilancia que incluyan audio.

Tu acción

Audita los sistemas de videovigilancia de tus clientes verificando que la finalidad declarada coincide con el uso real, especialmente si incluyen captación de audio.

Este es uno de los cinco hallazgos de Derecho y Regulación de esta semana en Rebrio.

  • TSJ Castilla-La Mancha: permiso por fuerza mayor no exige presencia previa
  • AEPD: silencio ante solicitud de supresión de datos infringe el RGPD, también en agosto

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