Derecho y Regulación
AEPD multa por grabar audio en videovigilancia laboral sin justificación suficiente
La resolución establece que la captación de audio en el entorno laboral requiere una justificación reforzada de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, criterio que la AEPD sustenta en la SAN 4102/2025 de 29 de septiembre. El mero aviso mediante carteles informativos de la existencia de grabación de sonido no legitima per se el tratamiento si la finalidad declarada era la seguridad frente a robos y el uso real fue el control disciplinario. La Agencia traza una distinción operativa: las cámaras que captan imagen pueden admitirse en supuestos de riesgo relevante para la seguridad, pero la grabación de conversaciones exige un umbral de justificación superior. Esta resolución actualiza el marco de cumplimiento para empresas con sistemas de videovigilancia que incluyan audio.
Tu acción
Audita los sistemas de videovigilancia de tus clientes verificando que la finalidad declarada coincide con el uso real, especialmente si incluyen captación de audio.